sábado, 12 de diciembre de 2015

EL JUEZ INSTA A IDENTIFICAR AL POLICÍA QUE DISPARÓ UNA PELOTA DE GOMA CONTRA AINGERU ZUDAIRE

El juez ha aceptado el recurso presentado por Aingeru Zudaire ante el intento de archivo de la denuncia que interpuso por la pérdida de un ojo a causa de un pelotazo de goma de la Policía española. El auto insta a que se siga con las diligencias pertinentes cara a identificar quién es el agente que disparó.

La sección primera de la Audiencia de Nafarroa ha estimado el recurso presentado por Aingeru Zudaire contra el archivo de las diligencias abiertas después de que perdiese la visión de un ojo tras recibir un pelotazo de goma de la Policía española. De esta forma, se ha ordenado que continúe la investigación para identificar el autor del disparo.

Los hechos ocurrieron el 26 de septiembre de 2012, en el transcurso de unos incidentes al término de una manifestación con motivo de una huelga general contra los recortes del Gobierno español. Según el denunciante, a pesar de que él no tomaba parte en esos incidentes, recibió un impacto en el ojo derecho por la pelota disparada por un agente que incumplió el protocolo, ya que se encontraba a una distancia inferior a 30 metros y apuntó a la altura de la cabeza y no por debajo de la cadera.
El juez archivó en un primer momento la denuncia y se desestimó el recurso de reforma, ante lo que presentó un recurso en apelación, que es el que ha sido estimado ahora con el fin de determinar la autoría del disparo y si existe responsabilidad penal, ya que niega que el policía pueda ampararse en el cumplimiento del deber o en la legítima defensa.

La reconstrucción del juez instructor y las declaraciones de los testigos no permiten fijar la distancia a la que fue disparada el arma, pero apuntan a unos 14,7 y 15,1 metros, inferiores ambas a la que determina el protocolo citado. Asimismo, el fallo tiene en cuenta que no se puede concluir que no existan indicios de criminalidad porque la «tensión con la que la víctima revive los hechos» le dificultan precisar con exactitud los metros, y en este sentido destaca que sí recuerda el lugar donde él estaba y dónde estaban los policías.

Rechaza además que sea razón para el archivo de la causa que el denunciante no pueda identificar al agente que disparó, y al respecto señala que los policías normalmente permanecen cubiertos.

Ante ello, la resolución apunta a que para determinar si la actuación policial fue «adecuada y proporcionada», o «negligente», hay que determinar «quién y en qué forma se realizó el disparo y cuál fue la actuación del lesionado».

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